Política de Cookies

El sitio web de la Universidad de Cádiz utiliza cookies propias y de terceros para realizar análisis de uso y medición del tráfico, así como permitir el correcto funcionamiento en redes sociales, y de este modo poder mejorar su experiencia de navegación.

Si desea configurar las cookies, pulse el botón Personalizar Cookies. También puede acceder a la configuración de cookies en cualquier momento desde el enlace correspondiente en el pie de página.

Para obtener más información sobre las cookies puede consultar la Política de cookies del sitio web de la Universidad de Cádiz.

Personalización de Cookies

El sitio web de la Universidad de Cádiz utiliza cookies propias y de terceros para realizar análisis de uso y medición del tráfico, así como permitir el correcto funcionamiento en redes sociales, y de este modo poder mejorar su experiencia de navegación.

Para obtener más información sobre las cookies puede consultar la Política de cookies del sitio web de la Universidad de Cádiz. También puede acceder a la configuración de cookies en cualquier momento desde el enlace correspondiente en el pie de página.

A continuación podrá configurar las cookies del sitio web según su finalidad:

  • Análisis estadístico

    En este sitio se utilizan cookies de terceros (Google Analytics) que permiten cuantificar el número de usuarios de forma anónima (nunca se obtendrán datos personales que permitan identificar al usuario) y así poder analizar la utilización que hacen los usuarios del nuestro servicio, a fin de mejorar la experiencia de navegación y ofrecer nuestros contenidos de manera óptima.

  • Redes sociales

    En este sitio web se utilizan cookies de terceros que permiten el correcto funcionamiento de algunas redes sociales (principalmente Youtube y Twitter) sin utilizar ningún dato personal del usuario.

UniversidaddeCádiz
Instituto Universitario de Investigación para el Desarrollo Social Sostenible (INDESS)

Propiedad Intelectual

Patentes

Desde el INDESS en colaboración con la OTRI de la Universidad de Cádiz se gestiona la propiedad industrial que se deriva de los resultados de investigación generados por los investigadores en el ámbito del desarrollo de los proyectos que se realizan en el Instituto de Investigación. En particular  se realizan los trámites necesarios para el registro y mantenimiento de los distintos títulos de propiedad industrial y para su transferencia a la sociedad de manera óptima.

  • Información básica
  • Solicitar una Patente
  • Legislación de Patentes

Información básica

Requisitos de patentabilidad

Para que una invención pueda ser objeto de patente debe reunir tres requisitos:

  • Novedad

Se considera que una invención es nueva cuando no está comprendida en el estado de la técnica

  • Actividad inventiva

Se considera que una invención implica actividad inventiva si aquélla no resulta del estado de la técnica de una manera evidente para un experto en la materia.

  • Aplicación industrial

Se considera que una invención es susceptible de aplicación industrial cuando su objeto puede ser fabricado en cualquier tipo de industria, incluida la agrícola.

¿Qué no se puede patentar?

No son patentables:

  • Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos.
  • Las obras literarias o artísticas o cualquier otra creación estética, así como las obras científicas.
  • Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, para juegos o para actividades económico-comerciales, así como los programas de ordenadores.
  • Las formas de presentar la información.
  • Los métodos de tratamiento quirúrgico o terapéutico del cuerpo humano o animal, ni los métodos de diagnóstico aplicados al cuerpo humano o animal. Si bien serán patentables los productos, especialmente las sustancias o composiciones y las invenciones de aparatos o instrumentos para la puesta en práctica de tales métodos.
  • Las invenciones cuya publicación o explotación sea contraria al orden público o a las buenas costumbres.
  • Las variedades vegetales que puedan acogerse a la normativa de la Ley de 12 de marzo de 1975 sobre protección de las obtenciones vegetales.
  • Las razas animales.
  • Los procedimientos esencialmente biológicos de obtención de vegetales o de animales.

Elementos prohibidos

La solicitud de patente no debe contener:

  • Elementos o dibujos contrarios al orden público y a las buenas costumbres.
  • Declaraciones denigratorias relativas a productos o procedimientos de terceros o a mérito o validez de las solicitudes de Patentes, Modelos de Utilidad o Patentes o Modelos de Utilidad de terceros. Las simples comparaciones con el estado de la técnica no se consideran en sí mismas denigrantes.
  • Elementos manifiestamente extraños a la solicitud o superfluos.

Protección que otorga una patente

La patente otorga el derecho a impedir a cualquier persona la fabricación, el ofrecimiento, la comercialización o la utilización de un producto objeto de su patente, desde el día que se publica la mención de que ha sido concedida.

Solicitar una Patente

Documentación necesaria

Para la obtención de una patente será preciso presentar en la oficina de la OTRI la siguiente documentación:

Notificación de la Invención

Es imprescindible para que sea posible llevar a cabo el tipo de protección adecuado, así como para la elaboración de la instancia de solicitud que será elaborada por el personal de la OTRI.

Documento de Notificación de la Invención

Memoria Descriptiva

Dicha memoria contendrá:

Descripción.

La descripción estará redactada en la forma más concisa y clara posible. En la misma se indicarán los siguientes datos:

  • Título de la invención.
  • Sector de la técnica al que se refiera la invención.
  • Estado de la técnica anterior a la fecha de presentación. Se darán los antecedentes con la bibliografía correspondiente.
  • Explicación de la invención de una manera clara y completa, que permita una comprensión del problema técnico planteado así como la solución al mismo, indicándose, en su caso las ventajas de la invención en relación al estado de la técnica anterior, y que permita a un experto llevarla a la práctica.

Deberá contener:

Si es un dispositivo: ¿Cuáles son sus partes esenciales?

Si es un producto: ¿Qué es lo que lo caracteriza?

Si es un procedimiento: ¿Cuáles son sus etapas esenciales?

  • Descripción de los dibujos si los hubiera.
  • Modo de realización de la invención. Describir una manera de realizar la invención dando detalles como: Dimensiones, concentraciones, temperatura, equipo utilizado, etc.
  • Manera en que la invención es susceptible de aplicación industrial, a no ser que ésta se derive de manera evidente de la naturaleza de la invención o de la explicación de la misma.

Reivindicaciones.

Las reivindicaciones definen el objeto para el que se solicita la protección.

Deben ser claras y concisas y han de fundarse en la descripción.

Deben contener:

  • Un preámbulo o introducción en el que se indica cuál es el objeto de la invención (que suele coincidir con el título de la invención) y todas aquellas características técnicas que, aunque conocidas, son necesarias para la definición de los elementos que se van a proteger.
  • Una parte caracterizada precedida por la expresión “caracterizado por”, “en el que la mejora comprende”, “que consiste en” o una similar, en la que se exponen de manera concisa las características técnicas nuevas que se desean proteger.

Dibujos.

  • No contendrán marco alrededor.
  • Las figuras deben estar numeradas correlativamente en cifras árabes.
  • Una misma hoja de dibujo puede contener varias figuras.
  • Las distintas figuras deben estar dispuestas preferentemente en sentido vertical.
  • Los trazos deberán ser negros, suficientemente densos y entintados, bien delimitados y sin colores.

Resumen.

Debe resumir la invención para que quien lo lea pueda ser capaz de entender el tipo de invención de que se trata. Tendrá una extensión máxima de 150 palabras.

Deberá contener:

  • Título de la invención.
  • Objeto de la invención.
  • Descripción de la invención.
  • Aplicaciones, solución técnica que aporta la invención.

Se podrá entregar en las oficinas de la OTRI del INDESS

Legislación de Patentes

Normativa UCA

Reglamento de Patentes de la Universidad de Cádiz

Política de Patentes de la Universidad de Cádiz

Legislación Nacional

Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes

Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes

Legislación Internacional

Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), de Washington (1970)

Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes

Tratado sobre el Derecho de Patentes (PLT) de 6 de noviembre de 2013

Reglamento sobre el Derecho de Patentes (PLT) de 6 de noviembre de 2013

Clasificación Internacional de Patentes, de 24 de marzo de 1971.